Columna de Leslie Sánchez: Nombramiento de jueces: un cambio necesario para fortalecer el Estado de Derecho

Nombramiento de jueces: un cambio necesario para fortalecer el Estado de Derecho
Nombramiento de jueces: un cambio necesario para fortalecer el Estado de Derecho


Los últimos hechos evidencian la urgente necesidad de modificar el sistema de nombramiento de jueces y, en general, modernizar la gestión interna del Poder Judicial. Surgen propuestas y columnas que constatan un hecho indiscutido, se requiere objetivizar y despolitizar el mecanismo de designación de los magistrados y separar dicha función de las demás labores administrativas.

En nuestra opinión, antes de proponer un procedimiento y variantes respecto del órgano idóneo para ejecutar nombramientos debemos preguntarnos ¿quién debería nombrar a los jueces para garantizar la debida independencia judicial? He ahí una dimensión que a ratos olvidamos en este debate, no se trata simplemente de eliminar el factor discrecional y político, el objetivo fundamental del mecanismo de designación de jueces debe ser garantizar la independencia interna y externa de la labor jurisdiccional, como elemento esencial del Estado de Derecho. En dicho contexto, surgen múltiples figuras varios órganos colegiados, solo un gran órgano, disminuir el número de actores políticos en la ecuación (Ejecutivo-Legislativo).

Resolviendo lo anterior, podemos pasar a discutir otro aspecto de importante, ¿quién o quiénes debería integrar dicho órgano? Lo lógico es excluir la dimensión política, pero surge otra duda -deben ser los jueces- quienes se nombren entre sí, tal como se propone constantemente bajo la noción de gobierno judicial. Nos parece que no es recomendable, puede ser de gran valor que formen parte del procedimiento de nombramiento, pero que la definición recaiga exclusivamente en ellos promueve otro tipo de conductas poco saludables. Por las mismas razones, no creemos aconsejable incorporar a personas que hayan pertenecido al Poder Judicial y se encuentren jubiladas, recordemos que la edad de retiro es de 75 años y que su salida del ejercicio laboral no los exime de sus propias trayectorias vitales, relaciones personales u otros factores que pueden incidir en sus decisiones. Una institucionalidad compuesta solo por jueces estaría solucionando problemas de politicidad pero eventualmente surgirían otras dificultades, de ahí que el perfil de los integrantes de éste órgano toma gran valor, proponemos una integración mixta con jueces y profesionales externo, este es una instancia que actuaría de manera muy similar a una oficina de selección de personal por consiguiente debe diseñarse desde esa perspectiva.

En tercer lugar, deberíamos definir ¿qué perfil, habilidades o competencias esperamos de nuestros jueces? Una respuesta común ha sido la de seleccionar por mérito, pero a qué nos referimos con ello, será suficiente un currículum que acredite estudios de especialización y postgrados u otros aspectos puramente académicos. Nos parece que ello no es suficiente, cursar estudios de magíster o doctorado no siempre es sencillo por razones de tiempo, género, ubicación geográfica, recursos, etc. Pero a pesar de que esos obstáculos sean subsanables, lo cierto es que ello no garantiza una idoneidad adecuada para el ejercicio de toda clase de función jurisdiccional. Piense Ud., que los jueces de garantía o de tribunales orales penales deben conocer una realidad delictual muy diversa e innovadora dependiendo de la zona en la que se desempeñen, las herramientas con las que debe contar un juez de la comuna de Pudahuel que analiza delitos cometidos en el aeropuerto, no son las mismas competencias que debe poseer un juez de Arica o Iquique que se desempeñan en zonas en que el crimen organizado se expresa con extrema rudeza o, jueces de zonas rurales. El nombramiento de jueces debe considerar múltiples elementos, aptitudes, habilidades, lugar donde se ejercerá la función jurisdiccional, etc., idealmente se deberían diseñar perfiles para cada cargo que considere esos factores y, allí no basta el solo el mérito.

Por Leslie Sánchez, integrante directorio Centro de Estudios del Desarrollo (CED)

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