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El Constitucional anula parte de la pena a otros cuatro exconsejeros andaluces condenados por los ERE

Francisco Vallejo es el segundo ex alto cargo que sale de la cárcel y Carmen Martínez Aguayo, que fue número dos de Griñán, no tendrá que regresar a dormir al CIS, después de que la Audiencia Provincial decretara su inmediata libertad

El exconsejero de Innovación, Francisco Vallejo, a su salida de la cárcel, tras la anulación parcial de su condena en los ERE por el Constitucional. / FRANCISCO J. OLMO (EP)
El exconsejero de Innovación, Francisco Vallejo, a su salida de la cárcel, tras la anulación parcial de su condena en los ERE por el Constitucional. / FRANCISCO J. OLMO (EP)

El Tribunal Constitucional ha concedido este miércoles amparo parcial a otros cuatro exconsejeros de la Junta de Andalucía de la época del PSOE condenados por prevaricación y malversación en el caso de los ERE, lo que supondrá una rebaja sustancial de sus condenas. Los beneficiados por la resolución del tribunal de garantías son Carmen Martínez Aguayo (extitular de Hacienda y que fue número dos del expresidente José Antonio Griñán), Antonio Fernández García (exconsejero de Empleo), Francisco Vallejo Serrano (exconsejero de Innovación, Ciencia y Empresa) y Jesús María Rodríguez Román (exconsejero de Justicia y exviceconsejero de Innovación). Todos están en prisión desde enero de 2023, aunque Martínez Aguayo accedió al régimen de semilibertad (tercer grado) hace tres semanas.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha ordenado a primera hora de esta tarde la inmediata puesta en libertad de Carmen Martínez Aguayo y de Francisco Vallejo tras recibir por correo electrónico el fallo del Constitucional. El exconsejero de Innovación ha abandonado el centro penitenciario de Sevilla I al filo de las 19.30, convirtiéndose en el segundo encarcelado por la ‘pieza política’ de los ERE en salir en libertad, después de que ayer lo hiciera el exdirector de la agencia pública Idea, Miguel Ángel Serrano. “Esta sentencia del Constitucional es un bálsamo para él, porque la condena ha provocado mucho daño y dolor”, ha reconocido a este diario su abogada, Encarnación Molino.

En el caso de la exconsejera Martínez Aguayo, la medida supone que esta noche no tendrá que regresar a dormir al Centro de Inserción Social (CIS) Jiménez de Asúa. Víctor Moreno Catena, su abogado, ha mostrado su satisfacción por la resolución del Constitucional y ha afirmado: “No se puede criminalizar a quien propone una ley”. Alfonso Martínez del Hoyo, letrado de Antonio Fernández, confía en que también se ordene “de inmediato” la excarcelación de su defendido.

En los cuatro casos, las sentencias dictadas por el Constitucional este miércoles ordenan retrotraer las actuaciones a la Audiencia Provincial de Sevilla, que fue el tribunal que dictó la primera sentencia de los ERE, en 2019, y será quien decida en qué medida se reducen las condenas. Con las resoluciones de hoy, son ya seis los ex altos cargos de la Junta exonerados, total o parcialmente, por el órgano de garantías en los últimos días, con unas resoluciones que suponen una crítica tajante al Tribunal Supremo en este caso.

Las cuatro sentencias han salido adelante por siete votos a favor (los del sector progresista) y cuatro en contra (los del bloque conservador, que ha presentado votos particulares en los que acusa al tribunal de abrir un espacio de “impunidad”). La magistrada progresista María Luisa Segoviano ha anunciado un voto concurrente (de acuerdo con el fallo pero no con los argumentos) en dos de los recursos.

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La primera sentencia del caso de los ERE —el reparto fraudulento de ayudas públicas a empresas en crisis en Andalucía entre 2000 y 2009, que el PP siempre ha calificado como el mayor caso de corrupción de la democracia— la dictó en 2019 la Audiencia Provincial de Sevilla. Fueron condenados 19 ex altos cargos de la Junta de Andalucía de época del PSOE, incluidos dos expresidentes: Manuel Chaves y José Antonio Griñán. En 2022 el Tribunal Supremo confirmó esa sentencia para 15 de los condenados —seis de los cuales entraron en prisión— y absolvió a tres. Otro falleció. Aquella sentencia sostenía que, entre los años 2000 y 2009, el Gobierno andaluz urdió un “sistema fraudulento” dotado con 680 millones de euros que, en medio de un “descontrol absoluto”, repartió fondos a empresas en crisis para garantizar la “paz social”.

Doce de los condenados acudieron al Constitucional, que en los últimos días ha resuelto siete de esos recursos: el de la exconsejera de Hacienda Magdalena Álvarez, condenada por prevaricación (a quien concedió amparo parcial); el del exconsejero de Empleo José Antonio Viera (un recurso que el tribunal desestimó de plano por un defecto de forma, por lo que Viera sigue cumpliendo cárcel por malversación, aunque en régimen de semilibertad por su estado de salud); el de Miguel Ángel Serrano Aguilar, exdirector de la agencia pública encargada de pagar las ayudas a las empresas en crisis (condenado por malversación y que salió de la cárcel el martes tras recibir el amparo del Constitucional) y ahora los de los exconsejeros Carmen Martínez Aguayo, Antonio Fernández, Francisco Vallejo y Jesús María Rodríguez Román.

Francisco Vallejo (derecha) y Jesús María Rodríguez Román, el 2 de enero de 2023, cuando entraron en la prisión de Sevilla I para cumplir condena.
Francisco Vallejo (derecha) y Jesús María Rodríguez Román, el 2 de enero de 2023, cuando entraron en la prisión de Sevilla I para cumplir condena.Raul Caro (EFE)

Interpretación “imprevisible”

La primera sentencia dictada este miércoles ha sido la referida al exconsejero de Empleo Antonio Fernández García, el acusado que recibió la condena más alta en el caso de los ERE: siete años y 11 meses de cárcel, y 19 años y medio de inhabilitación, por prevaricación en concurso medial con malversación. El Constitucional concluye que la Audiencia Provincial de Sevilla y el Tribunal Supremo vulneraron el principio de legalidad penal al hacer una interpretación “imprevisible” de esos delitos. Su argumento es que las ayudas de los ERE estuvieron incluidas a partir de 2002 en las leyes de presupuestos aprobadas por el Parlamento andaluz. Y que participar, como hizo Fernández, en la tramitación y aprobación de esas leyes, así como realizar conductas amparadas en ellas, no puede implicar malversación. El tribunal subraya, así, que las leyes no pueden ser objeto de control judicial —salvo si son recurridas por inconstitucionalidad, algo que no sucedió en este caso—; y que no pueden considerarse delictivas actuaciones que tienen esa cobertura legal.

Esta conclusión, sin embargo, no puede extenderse a los hechos imputados al exconsejero que tenían como objeto la disposición de fondos públicos para fines distintos a los previstos en el programa 3.1 L de los presupuestos; esto es, para fines distintos de las ayudas sociolaborales y a empresas en crisis. Por eso el amparo que se le concede no es total, y la Audiencia de Sevilla tendrá que dictar ahora un nuevo fallo.

No hay responsabilidad “automática”

También ha recibido un amparo parcial del Constitucional el exconsejero de Innovación, Ciencia y Empresa Francisco Vallejo, que fue condenado por prevaricación y malversación a siete años de prisión y 18 de inhabilitación. El tribunal estima que fue vulnerado su derecho a la presunción de inocencia. “Este derecho”, dice la sentencia, “exige que toda condena penal se funde en una prueba de cargo suficiente, e impide que pueda trasladarse automáticamente la responsabilidad de quienes gestionaron las ayudas en la Consejería de Empleo a quienes se limitaron a aprobar las partidas presupuestarias correspondientes”.

Las leyes de presupuestos —que incluían el sistema de reparto de ayudas públicas considerado fraudulento por el Supremo— fueron aprobadas por el Parlamento, y por tanto, insiste el Constitucional, “no puede exigirse al recurrente que actuara en contra de lo previsto [en esas normas]”.

Aguayo: sin participación directa en las ayudas

Carmen Martínez Aguayo fue la número dos de José Antonio Griñán entre 2004 y 2009, cuando él era consejero de Hacienda y ella viceconsejera. En 2009 Griñán se convirtió en presidente de la Junta y ella ascendió a consejera. Fue condenada a seis años de prisión y 15 de inhabilitación en el juicio de los ERE, y ahora el Constitucional la ampara parcialmente.

La Audiencia de Sevilla y el Supremo señalaron que Martínez Aguayo participó en la elaboración de los anteproyectos de ley de presupuestos entre 2005 y 2009 y en la elaboración de distintas modificaciones presupuestarias. Y que eso conllevó que terceras personas sustrajeran dinero público, “sin que la recurrente realizara actuación alguna tendente a evitar ese proceder ilícito”. El Constitucional admite una actuación irregular de Aguayo en relación con un programa, el 3.2 H, dado que sus fines “no eran la concesión de ayudas sociolaborales”. Por tanto, no fue “imprevisible ni contrario al derecho a la legalidad penal” su condena por este hecho. En cambio, sí cuestiona la condena por malversación en tanto que la exconsejera “no tenía participación personal en la gestión de las ayudas realizada por la Consejería de Empleo”.

Una condena carente de “desarrollo argumental”

En cuanto al exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román, condenado a seis años y dos meses de prisión, y 15 años de inhabilitación, por prevaricación y malversación, el Constitucional también acuerda el amparo parcial. El tribunal analiza las distintas modificaciones presupuestarias en las que participó Rodríguez Román y avala la condena por las realizadas en los programas 22 E (en los años 2000 y 2001) y 3.2 H (2004), pero tumba el resto por considerarla contraria al derecho a la legalidad penal.

Sobre la malversación, el tribunal estima que sí se produjo un desvío de fondos públicos a fines distintos a los previstos. No obstante, considera que las sentencias condenatorias carecieron del “desarrollo argumental suficiente para considerar probado que los hechos que se le imputan han sido cometidos por el demandante, lo que supone una vulneración del referido derecho a la presunción de inocencia”. De todo ello se deriva el amparo parcial y la necesidad de una nueva sentencia que ajuste las penas a los hechos probados.

Los magistrados discrepantes: "Un espacio de impunidad"

Los cuatro magistrados conservadores del Constitucional han presentado votos particulares contra todas las sentencias del caso de los ERE. En el pleno del martes sus discrepancias no aparecieron en la información oficial distribuida a los medios. Ante la protesta de estos magistrados, un resumen de los dos votos particulares ya presentados este miércoles -los otros dos aún se están redactando- ha sido distribuido por el tribunal separadamente, sin identificación oficial.

El magistrado Enrique Arnaldo señala en su voto particular que las leyes de presupuestos andaluzas habilitaban unas partidas para ayudas a empresas en crisis pero sin ningún procedimiento de fiscalización o control. Se creó así “un espacio de impunidad”, sostiene. El Constitucional, “al descubrir con la linterna de Diógenes el argumento de la salutífera ley de presupuestos que todo lo ampara y que borra toda responsabilidad penal en la conducta de los implicados [...] desconoce los principios constitucionales rectores de la actuación de las Administraciones Públicas, especialmente relevantes en materia de gasto público y su control”. Además, lamenta "la respuesta dada por este tribunal en sus sentencias" sobre el delito de malversación, "que conducen a la postre a dejar impunes unas conductas de especial gravedad cometidas por unos concretos responsables políticos en de los casos más graves de corrupción política institucionalizada en España”.

El magistrado Ricardo Enríquez estima igualmente que fue “manifiesta” la ilegalidad de la operativa diseñada por los acusados para evadir los controles a la concesión de ayudas sociolaborales a trabajadores y empresas. Por tanto, asevera, “revestía la arbitrariedad requerida” para considerarse una conducta delictiva.

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