La Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional revocó la decisión que excluía como querellantes a los propietarios de las acciones de la compañía Costa Dorada.
La decisión fue en torno a una querella interpuesta en contra de Rafael Olegario Helena Regalado, Ailec Paloma Soto Garabito y Judith Franchesca Aguasvivas Báez, a quienes señalan como autores de falsificación de documentos societarios para arrebatarles sus derechos en la empresa Costa Dorada y con ello apoderarse de unos 6.3 millones de metros cuadrados ubicados en terrenos costeros en Bahía de Calderas, Baní.
Mediante la misma decisión, la Corte de Apelación revocó el Auto de No Ha Lugar dictado por el Séptimo Juzgado de Instrucción en favor de la imputada, Judith Franchesca Aguasvivas Báez, y pronunció Auto de Apertura a Juicio en su contra.
La acusada deberá comparecer al Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, a defenderse de las acusaciones que le hacen el ministerio público y las empresas Hilari Mayol, S. A. S., Mayol & Co, S. R. L., Grand Cays Corporation, y Okra Company, L.T.D.