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Cuota alimentaria: ¿los padres pueden suspenderla o reducirla si sus hijos están en vacaciones?

Cuota alimentaria está en el el Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006)

Foto:iStock

Con este recurso económico, ambos padres cubren gastos de vestuario, alimentación, aseo, educación y salud.

Geraldine Bajonero Vásquez
Según el Código de Infancia y Adolescencia, “los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a los alimentos y demás medios para su desarrollo físico, psicológico, espiritual, moral, cultural y social, de acuerdo con la capacidad económica del alimentante”.
Cuando la ley habla de alimentos se refiere al sustento, habitación, vestido, asistencia médica, recreación, educación o instrucción y, en general, todo lo que es necesario para el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes. Además de los gastos de embarazo y parto.
Ante esto, los padres se preguntan si pueden suspender o reducir la cuota alimentaria cuando los hijos estén de vacaciones, pues se cree que “gastos como la educación estarían quietos durante este tiempo”. Esto dice la ley.

Las fechas de pago de la cuota alimentaria se definen en la consiliación.

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¿Cómo se fija la cuota alimentaria mensual?

Según información del ICBF, “la ley establece que la cuota alimentaria puede ser hasta el 50 % del salario mensual y se reparte proporcionalmente según el número de hijos que tenga el padre o la madre obligados a pasar la cuota”.
Es decir, en caso de que no haya un acuerdo amistoso entre los padres, el juez evalúa el ingreso de cada uno de los padres y procura que la repartición sea justa y no recaiga toda sobre uno de los lados.
“Según la Corte Constitucional, los principios constitucionales de equidad y solidaridad permiten que la cuota alimentaria sea cancelada con un porcentaje de la sustitución pensional reconocida a un tercero ajeno a ella, siempre y cuando se acredite la concurrencia de ciertos presupuestos”, publicó el portal especializado Ámbito Jurídico.

La cuota alimentaria es un derecho de los hijos.

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Sin embargo, la cuota puede incrementar siempre y cuando las necesidades del niño hayan cambiado o las condiciones económicas de los dos padres se hayan modificado.

¿El padre debe seguir pagando si el hijo está en vacaciones?

La respuesta es sí. La ley establece que la cuota mensual alimentaria debe pagarse completa sin importar si el hijo está de vacaciones o no.
De hecho, no existe ninguna cláusula que hable sobre reducir o suspender la transferencia monetaria.
Según publicó la sección de justicia de EL TIEMPO, “bajo ningún criterio puede legitimarse el que los padres de familia se excusen para el no pago de la cuota de alimentos alegando falta de empleo, pandemia, aumento de gastos o cualquier otro caso fortuito”.
El incumplimiento de la obligación alimentaria genera responsabilidad penal, según el Código de Infancia y Adolescencia.
GERALDINE BAJONERO VÁSQUEZ
Periodista Últimas Noticias EL TIEMPO

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