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Análisis

Medio Ambiente

Los pecados de la ley que prohíbe productos plásticos de un solo uso, según expertos

Adiós a los plásticos de un solo uso a partir del 7 de julio del 2024. Apartir del 7de julio del presente año, Colombia dará un paso significativo en la gestión ambiental con la implementación de la Ley 2232 de 2022, que busca eliminar siete productos plásticos de un solo uso, además de que el establecimiento que produzca o comercialice algún tipo de estos plásticos recibirá una multa correspondiente. Bogotá 5 de julio del 2024. FOTO MAURICIO MORENO CEET EL TIEMPO @mauriciomorenofoto

A partir del 7de julio del presente año, Colombia dará un paso significativo en la gestión ambiental con la implementación de la Ley 2232 de 2022.

Foto:MAURICIO MORENO EL TIEMPO

Este domingo empieza a regir la primera parte de la Ley 2232, que prohíbe la producción y comercialización de varios productos plásticos de un solo uso.

Edwin CaicedoPeriodista de medioambiente y salud
Este 7 de julio entrará en vigencia uno de los componentes de la Ley 2232, que regula los denominados productos plásticos de un solo uso. Se trata de la prohibición de seis productos, los cuales, si no ofrecen alguna alternativa sostenible, como por ejemplo que sean reutilizables, biodegradables o fabricados con materia prima reciclada, entre otras excepciones que establece la ley, no podrán ser comercializados o distribuidos en el territorio a partir de esta fecha.

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En línea con esto, es importante precisar que productos como bolsas, sacos o talegas plásticas reutilizables no están consideradas como productos de un solo uso y pueden seguir comercializándose. Así mismo, los productos plásticos biodegradables o aquellos que estén fabricados con materia prima plástica reciclada posconsumo pueden también continuar en el mercado.
De igual forma, los productos que, tras un análisis de ciclo de vida, demuestren que sus sustitutos tienen un impacto ambiental mayor, podrán también seguir siendo distribuidos y comercializados. Lo anterior teniendo en cuenta que el objetivo primario de esta normativa es ambiental, con lo cual no tendría sentido reemplazar un producto por otro que tenga un impacto ambiental mayor.
Las bolsas plásticas de mercado son, sin duda, el producto más reconcoido que sale del mercadoa partir del próximo 7 de julio.

Las bolsas plásticas de mercado son, sin duda, el producto más reconocido que sale del mercadoa partir del próximo 7 de julio.

Foto:Daniel Teixeira / AFP

En ese sentido, a partir del próximo 7 de julio en Colombia quedarán prohibidos un total de seis productos plásticos de un solo uso: las bolsas plásticas de punto de pago; las bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas; los rollos de bolsas vacías en superficies comerciales, o sea, las bolsas en las que se echan las verduras, frutas y tubérculos en las tiendas y supermercados; los mezcladores y pitillos para bebidas; los soportes plásticos para las bombas de inflar; y los soportes plásticos para los copitos de algodón utilizados en la limpieza de los oídos.

Los pecados de la Ley 2232

Sin embargo, hay varios puntos que expertos del ámbito ambiental y del sector de plásticos han calificado como “pecados” de esta Ley. De acuerdo con Olga Sanmartín, directora de la Fundación Planeta ConSentido, uno de los pecados de la norma no es su contenido en sí, sino la falta de pedagogía alrededor de la misma.
“Me parece que las campañas de educación pedagógica frente a este tema han sido inexistentes por parte del gobierno, ya estamos a nada y hasta ahora están empezando a medio aparecer en redes para que la gente sepa cómo hacerlo y qué hacer”, aseguró la líder del sector ambientalista.
En su concepto, otra de las grandes problemáticas es lo tarde que llegó la regulación. Y es que, después de aprobada la norma en 2022, al Ministerio de Ambiente le correspondía regularla y establecer las excepciones a la misma, definiendo por ejemplo cuáles son los factores que implican que un plástico es, o no, biodegradable. Dicha reglamentación fue expedida apenas hace algunos días, tras dos años de aprobarse la normativa.
“Llevamos dos años de aprobada la ley y uno tendría que entender que en dos años se hubiera podido hacer una regulación una reglamentación de la ley lo suficientemente fundamentada y respaldada por estudios para tomar decisiones de cómo va a regirse y qué normas deben cumplir los productores y comercializadores del plástico. Y resulta que eso no se hizo con el tiempo necesario, se dejó para última hora, tanto por parte del gobierno como por parte de la industria del plástico”, resaltó Sanmartín.
Adiós a los plásticos de un solo uso a partir del 7 de julio del 2024. Apartir del 7de julio del presente año, Colombia dará un paso significativo en la gestión ambiental con la implementación de la Ley 2232 de 2022, que busca eliminar siete productos plásticos de un solo uso, además de que el establecimiento que produzca o comercialice algún tipo de estos plásticos recibirá una multa correspondiente. Bogotá 5 de julio del 2024. FOTO MAURICIO MORENO CEET EL TIEMPO @mauriciomorenofoto

Los plásticos para embalar frutas saldrán del mercado solo hasta 2030.

Foto:MAURICIO MORENO EL TIEMPO

Una opinión similar tiene Daniel Mitchell, presidente ejecutivo de Acoplásticos, quienes aseguran que la lentitud en la reglamentación de la norma pone en riesgo más de 10.000 puestos de trabajo (de los 200.000 del sector) y ha frenado la capacidad de la industria para transformarse en este tiempo, pues no saben cuáles son las “reglas de juego” que deberán cumplir para generar productos exentos de la prohibición.
“Los requisitos para demostrar que una bolsa, por ejemplo, es hecha 100 % de materia prima reciclada, que es una de las excepciones de la prohibición, debió haber estado listo en enero del año pasado, es decir, hace año y medio. Se ha demorado, no sé, yo me imagino que por ser un tema técnico, complejo. Los ministerios tienen poca gente que está lista para preparar este tipo de reglamentaciones, de pronto había prioridad en otros temas, no sé”, señaló Mitchell.
Adiós a los plásticos de un solo uso a partir del 7 de julio del 2024. Apartir del 7de julio del presente año, Colombia dará un paso significativo en la gestión ambiental con la implementación de la Ley 2232 de 2022, que busca eliminar siete productos plásticos de un solo uso, además de que el establecimiento que produzca o comercialice algún tipo de estos plásticos recibirá una multa correspondiente. Bogotá 5 de julio del 2024. FOTO MAURICIO MORENO CEET EL TIEMPO @mauriciomorenofoto

Los rollos de bolsas vacías en superficies comerciales, o sea, las bolsas en las que se echan las verduras, frutas y tubérculos en las tiendas y supermercados, quedan prohibidos en el mercado a partir del 7 de julio de este año.

Foto:MAURICIO MORENO EL TIEMPO

Dicha posición también la respalda Cristian Halaby Fernández, presidente de la Cámara Ambiental del Plástico, para quien el escenario es más dramático, pues el gremio proyecta que están en riesgo más de 100.000 puestos de trabajo en el sector por la lentitud en la reglamentación.
“La industria no se ha preparado lo suficiente, porque como no hubo reglas claras, ni normas claras, ni se adoptaron las normas ASTM de la Sociedad Estadounidense para Pruebas y Materiales, entonces la industria no se ha podido programar suficientemente y hoy la tienen en un limbo en el que que aún cumpliendo la ley pueda llegar algún funcionario a interpretar que no lo haya hecho. Entonces la industria estaba preparada, siempre ha querido prepararse, pero el país o el gobierno nacional no ha hecho la tarea que tenía que haber hecho”, señaló.
Finalmente, otro de los grandes pecados cuestionados por expertos es que si bien la norma prohíbe un grupo grande productos plásticos de un solo uso, algunos de los más representativos sólo saldrán del mercado al final de esta década, en 2023, como los envases y empaques para domicilios, que con el crecimiento del sector de los restaurantes ha visto también un crecimiento en su producción de residuos, pero donde ya crecen las tecnologías para su reemplazo.
Y es que, dentro de seis años, quedarán prohibidos: envases o empaques, recipientes y bolsas para consumo inmediato, para take-out o para entregas a domicilio; platos, bandejas, cuchillos, tenedores, cucharas, vasos y guantes de un solo uso para comer; confeti, manteles y serpentinas; envases o empaques y recipientes para contener o llevar comidas o alimentos para consumo inmediato, utilizados para llevar o para entregas a domicilio; láminas para servir, empacar, envolver o separar alimentos de consumo inmediato, utilizados para llevar o para entrega a domicilio; mangos para hilo dental o porta hilos dentales de uso único; empaques, envases o cualquier recipiente empleado para la comercialización de frutas, verduras y tubérculos frescos que en su estado natural cuenten con cáscaras; hierbas aromáticas frescas, hortalizas frescas y hongos frescos y los adhesivos, etiquetas o cualquier distintivo que se fije a los vegetales.
En ese sentido, para algunos expertos, si bien es cierto que la industria puede irse transformando durante este tiempo, el crecimiento en el consumo exige que las medidas para evitar la proliferación de plásticos se dé en tiempos más cortos.
EDWIN CAICEDO
Periodista de medioambiente y salud
@CaicedoUcros
Edwin CaicedoPeriodista de medioambiente y salud
icono el tiempo

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