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Noticia

Finanzas Personales

¿A qué edad me puedo pensionar si tengo un hijo discapacitado? Esto es lo que dice la Reforma Pensional de Colombia

La Pensión Especial por Vejez que, según la ley, aplica para toda madre o padre trabajador cuyo hijo padezca discapacidad física o cognitiva permanente, del 50 % o más.

La Pensión Especial por Vejez que, según la ley, aplica para toda madre o padre trabajador cuyo hijo padezca discapacidad física o cognitiva permanente, del 50 % o más.

Foto:iStock

Conozca en detalle cuál es el beneficio al que puede acceder el padre o la madre con hijos en condición de discapacidad.

Elim Johana Alonso DoradoPeriodista
Los padres trabajadores que tengan uno o varios hijos en condición de discapacidad pueden recibir una especie de pensión que los apoyará económicamente en la tarea de cuidado.

Conforme a los criterios de

Se trata de una Pensión Especial por Vejez que, según la ley, aplica para toda madre o padre trabajador cuyo hijo padezca discapacidad física o cognitiva permanente, del 50 por ciento o más. Esta debe estar debidamente calificada por una entidad competente.
La ley también señala que esta pensión debe entenderse no como un beneficio económico para los padres, sino como una prestación cuyo beneficiario es el hijo inválido, pero que se recibe a través de su padre o madre.
Es necesario que el hijo permanezca en estado de invalidez, que la dependencia económica del hijo continúe.

Es necesario que el hijo permanezca en estado de invalidez, que la dependencia económica del hijo continúe.

Foto:iStock

¿Qué requisitos debe cumplir el padre o madre?

Como requisitos esenciales para mantener esta pensión especial, es necesario que el hijo permanezca en estado de invalidez, que la dependencia económica del mismo continúe y que el padre o la madre no se reincorpore al mundo laboral mientras recibe esta pensión.
El padre o madre podrá solicitar la pensión especial siempre y cuando haya cotizado al sistema por lo menos el mínimo de semanas exigido en el Componente de Prima Media para acceder a la pensión de vejez. Es decir, por lo menos 1.300 semanas en cualquier tiempo.
Al obtener esta pensión, el beneficiario deberá reportar a Colpensiones cada 3 años el estado de salud que sustente la subsistencia de la condición de discapacidad de su hijo.
Cabe recalcar que, según la normativa, el beneficiario deberá seguir realizando aportes de forma solidaria a pensión si se reincorpora a la fuerza laboral o si no se presenta el certificado de discapacidad de acuerdo con la reglamentación; de lo contrario, se suspenderá el pago de esta mesada.
Por otra parte, si el hijo o hija discapacitado se incorpora al mercado laboral, el titular de la pensión especial de vejez no perderá el beneficio, ya sea el padre o la madre.
Más allá de las 1300 semanas cotizadas como mínimo,  no es necesario que el padre o madre cumpla con una edad mínima requerida para aplicar a esta pensión especial.

Más allá de las 1300 semanas cotizadas como mínimo, no es necesario que el padre o madre cumpla con una edad mínima requerida para aplicar a esta pensión especial.

Foto:Getty Images

¿Desde qué edad debe acceder?

Además de los requisitos mencionados, y más allá de las 1.300 semanas cotizadas como mínimo, no es necesario que el padre o madre cumpla con una edad mínima requerida para aplicar a esta pensión especial.
Recuerde que, si llega a perder el beneficio por alguna de las razones anteriormente mencionadas, tendrá dos opciones: retirarse del trabajo y volver a solicitar la pensión especial de vejez o continuar trabajando hasta cumplir con la edad mínima de pensión.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
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Elim Johana Alonso DoradoPeriodista
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