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Noticia

Cortes

Corte pide a comisarias de familia flexibilizar la práctica de pruebas en casos de violencia de género

Miles de mujeres participan en una marcha convocada por asociaciones feministas en conmemoración por el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer, en Santiago (Chile)

Una manifestación en conmemoración Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer.

Foto:EFE/Alberto Valdés

Solicitó a estas autoridades para que “agudicen su mirada” y reconozcan que la violencia contra la mujer no se puede considerarse un hecho aislado.

Jesús Antonio BlanquicetPeriodista Judicial

A propósito de los diferentes casos de feminicidios registrados esta semana en Bogotá, la Corte Constitucional acaba de proferir una decisión respecto los procesos que llevan a cabo las comisarias de familia relacionados con la violencia de género.

(Lea: Violencia intrafamiliar en Colombia: hay aumento del 51 % de los casos este año, según datos del Mindefensa)

La posición del alto tribunal se dio al estudiar el caso de una tutela de una mujer que solicitó amparar sus derechos al debido proceso a una vida libre de violencia, luego de que se le incumplieran las medidas de protección ordenadas en el marco de un proceso de violencia intrafamiliar.

La accionante denunció ante una comisaría la presunta comisión de hechos de violencia, pero el proceso culminó con el archivo del expediente.

La mujer, según el proceso, “solicitó el cumplimiento de las medidas de protección, que se desaloje a su expareja de manera definitiva del lugar de residencia y que se investigue disciplinariamente a los funcionarios de las entidades accionadas”.

En primera y segunda instancia se declaró improcedente el amparo invocado.

Es por ello que la Sala Séptima de Revisión, con ponencia de la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera amparó los derechos invocados y consideró “que la Comisaría de Familia incurrió en una irregularidad por cuanto desconoció la normatividad que rigen las medidas de protección en el contexto de la violencia intrafamiliar”.

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Foto:Cortesía

La Corte recordó “que el enfoque de género exige que en los procesos de violencia intrafamiliar las autoridades de familia agudicen la mirada para reconocer que, en la realidad la violencia contra las mujeres no se puede considerar un hecho aislado, sino que tiene una dimensión sistémica, que se reproduce en todas las esferas de la existencia de las mujeres”, se lee en un comunicado de la entidad.

“La jurisprudencia ha fijado deberes y garantías procesales diferenciadas para que las autoridades adelanten procesos con enfoque de género, entre ellos, el derecho de la mujer víctima a no ser confrontada personalmente con el agresor”, recordó la Sala.
Es por ello que las autoridades de familia “deben flexibilizar la práctica de pruebas, así como la audiencia de fallo para evitar confrontación entre el agresor y la víctima”.

Al analizar el caso, la Corte halló que la comisaria “no actuó con diligencia al proponer una confrontación entre la accionante y su agresor”, además que la comisaria tampoco valoró el cuadro de violencia psicológica al que estaba sometida la accionante.
Corte Constitucional

Corte Constitucional

Foto:Cortesía

“Las amenazas hacia la mujer debieron ser valoradas y tomar medidas por cuanto dichos actos podían ser indicadores de riesgo para la integridad y seguridad no solo de la accionante, sino de su hija”, dijo la Corte y añadió: “La autoridad de familia, además de desconocer los deberes y garantías procesales que les asisten a las víctimas de violencia intrafamiliar, también generó escenarios de revictimización”.

Por este caso, la Corte le ordenó a la comisaria reiniciar el proceso de violencia intrafamiliar promovido entre la accionante y su expareja.

Asimismo, deberá adoptar un plan de capacitación para sus funcionarios sobre el enfoque de género en los procesos de violencia intrafamiliar y también deberá reiniciar los trámites necesarios para el restablecimiento de derechos de la hija de la accionante.
​Redacción Justicia
​En X: @JusticiaET
[email protected]
Jesús Antonio BlanquicetPeriodista Judicial
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