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Jorge Andrés De los Ríos

Delatores en pañales

Jorge Andrés De los Ríos
POR:
Jorge Andrés De los Ríos

En días pasados, el superintendente de Industria y Comercio, Pablo Robledo, informó a los medios de comunicación y a la opinión pública sobre la existencia de lo que ha denominado el ‘cartel de los pañales’, en el cual, al parecer, según las palabras del Superintendente, las empresas investigadas habrían acordado, durante los últimos 13 años, fijar los precios de pañales desechables para bebé en el mercado colombiano.

De acuerdo con Robledo, la apertura de dicha investigación contra las cinco compañías involucradas y 44 personas naturales fue consecuencia de la colaboración prestada por parte de delatores que, según la declaración pública, son dos de las cinco empresas investigadas.

El caso del ‘cartel de los pañales es y será, sin lugar a dudas, un hito en la batalla que libra la Superintendencia para combatir carteles concebidos para evitar la competencia, pues a diferencia de otros casos de investigaciones ocurridas en el pasado, el ‘cartel de los pañales’ se destapó, según el mismo Superintendente, por el suministro de información que hicieran algunos de los implicados.

La delación o programas de beneficio por colaboración, como los denomina la Ley 1340 del 2009, son un mecanismo idóneo para el fortalecimiento de la política de libre competencia en los mercados. Estos programas que existen en otras latitudes como en EE. UU. o la Unión Europea, son una herramienta para combatir la existencia de los denominados carteles anticompetitivos, cuyo fin es la fijación de precios, la repartición geográfica de mercados o la determinación de condiciones comerciales o de venta, entre otros.

Los programas de delación consisten en la posibilidad que tienen las empresas o personas que participan en la realización de dichos acuerdos, de obtener beneficios como la exoneración o reducción de la sanción a imponer a cambio del suministro de información y pruebas que le permitan a la autoridad de competencia sancionar a aquellas compañías y personas que incurren en dichas conductas. La figura de la delación tiene un efecto significativo, que consiste en disuadir la formación de carteles y desestabilizar la operación de los existentes, toda vez que siembra la desconfianza y sospecha entre sus miembros.

El éxito de la delación dependerá, en gran medida, de la protección de la confidencialidad que la autoridad y los medios hagan de las empresas o personas que se atreven a delatar la existencia de un acuerdo anticompetitivo. Es de suma importancia que los delatores o colaboradores puedan predecir a qué se van a enfrentar en caso de acogerse a dicho programa. Igualmente, es importante que se garantice la reserva absoluta de la identidad de los colaboradores y de la información suministrada, para evitar poner en riesgo la investigación y garantizar la presunción de inocencia de las personas a que se haga mención por parte de los delatores.

Celebro la represión de los carteles anticompetitivos por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (y este funcionario ha demostrado su voluntad de combatir con firmeza las violaciones a la libre competencia), pero no es conveniente hacer referencia a la existencia de procesos de delación en curso ni anunciar futuras investigaciones contra sectores específicos, pues pone en riesgo la identidad de los delatores, su reputación personal y profesional y, seguramente, la viabilidad de la figura de la delación misma, pues ante estos riesgos, las empresas y personas se cuestionarán para posteriores ocasiones acerca de la conveniencia de acogerse a los beneficios que ofrece la ley.

Jorge Andrés De Los Ríos
Director, Práctica de Derecho de la Competencia y Protección del Consumidor, Posse Herrera
 

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