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José Palma Tagle
columnista

Desafíos del mercado de carbono

El mercado de carbono se ha visto paralizado por más de un año, debido a la falta de Organismos de Validación
que cumplan con los requisitos. 

José Palma Tagle
POR:
José Palma Tagle

El mecanismo para la no causación del impuesto al carbono permite a las empresas compensar sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), a través de la compra de bonos de carbono de proyectos forestales y de eficiencia energética.

Este mecanismo promueve la generación de estrategias climáticas empresariales, así como también el financiamiento y sostenibilidad de proyectos forestales y de eficiencia energética por parte de comunidades locales y otros propietarios, que ven recompensados sus esfuerzos por proteger el planeta.

Sin embargo, este mercado de carbono se ha visto paralizado por más de un año, debido a la falta de Organismos de Validación y Verificación que cumplan con los requisitos que fueron fijados por el Decreto 926 de 2017, por lo que muchos proyectos, especialmente forestales, no han podido registrar y comercializar sus bonos de carbono, y muchas comunidades locales y empresas forestales se han quedado sin los beneficios económicos que este mercado representa. Esta situación llegará a su fin en las próximas semanas, si el Ministerio de Ambiente decreta la ampliación del plazo para la acreditación de los Organismos de Validación y Verificación ante el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (Onac), dando un respiro a los propietarios de proyectos de carbono.

Desafortunadamente, la normalización del mercado de bonos de carbono no será el fin de los dolores de cabeza para las comunidades locales y empresas propietarias de proyectos de carbono. En efecto, el artículo 17 del Decreto 1447 indica que: “A partir de enero del 2020, los titulares de los proyectos forestales solo podrán reportar en el Renare resultados de mitigación de GEI que tengan una vigencia menor a cinco años”.

Esta disposición legal parece indicar que desde el 2020 no se podrán inscribir en el Registro Nacional de Reducción de Emisiones (Renare) bonos de carbono por reducciones de GEI ocurridas antes del 2015; aunque no es claro si la restricción solo aplicará para el registro de los bonos de carbono, pudiendo estos ser cancelados después del 2020, o si aplicará también para la comercialización de los mismos, por lo que ningún bono anterior a 2015 podrá venderse desde el 2020.

Si el Ministerio de Ambiente interpreta la norma en el sentido de que los bonos de carbono anteriores al 2015 no podrán registrarse, ni comercializarse en 2020, más de cuatro millones de certificados anteriores a 2015 quedarán sin efecto, provocando daños irreparables a comunidades locales y empresas propietarias de proyectos forestales, y pondría en riesgo la certeza de un mercado de carbono que se encuentra consolidándose como modelo a seguir en la región.

Lo más adecuado sería que el Ministerio de Ambiente permita que los bonos de carbono anteriores a 2015 puedan ser registrados hasta el 31 de diciembre del 2019, pero que puedan continuar siendo cancelados durante el 2020, o que por lo menos amplíe los plazos para el uso de los créditos generados antes del 2015.

No hay mucho tiempo para dilatar la toma de una decisión que aclare el panorama. Esperemos que esta tenga en cuenta la promoción de la inversión de capital privado en el sector ambiental así como la confianza en este mecanismo pionero de reducción de emisiones en Colombia.

José Palma Tagle
​Presidente de Empresas Líderes por la Acción Climática

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