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Noticia

JEP Colombia

JEP abre incidente de desacato al Registrador por incumplir orden sobre víctimas de ‘falsos positivos’

El registrador Hernán Penagos se pronuncia sobre la inspección de la SIC.

El registrador Hernán Penagos se pronuncia sobre la inspección de la SIC.

Foto:Registraduría

De acuerdo con la jurisdicción, Hernán Penagos Giraldo no envió unos datos sobre una víctima de desaparición forzada.

María Isabel Ortiz FonnegraPeriodista Judicial
Por incumplir órdenes judiciales de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en el caso 03, que investiga ‘falsos positivos’, la Sala de Reconocimiento de Verdad le abrió un incidente de medidas correccionales al registrador nacional del Estado Civil, Hernán Penagos Giraldo.

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El desacato se abrió porque Penagos incumplió una orden del 9 de mayo de de este año en la cual la JEP le pidió remitir el registro civil de nacimiento de Tulio Alonso Parra Medina, víctima de ‘falsos positivos’, pues ese documento era necesario para comprobar el vínculo de consanguinidad entre la víctima y sus familiares Ángela Sohe Parra Medina y Olga Rubiela Parra Medina, que pedían acreditarse en caso 03.
La Sala de Reconocimiento, a través del Subcaso Meta – Caso 03, investiga los hechos en los que falleció Tulio Parra Medina entre 2007 y 2008 en el municipio de Vista Hermosa, Meta. Su muerte se le atribuye a integrantes de la Brigada Móvil No. 8 del Ejército Nacional.
Ramelli es el presidente de la Sección de Ausencia de Reconocimiento de la JEP.

Magistrado Alejandro Ramelli Arteaga.

Foto:JEP.

De acuerdo con la JEP, en octubre de 2023 el magistrado Alejandro Ramelli Arteaga, correlator del Caso 03, ordenó a la Registraduría remitir copia simple de los registros civiles de nacimiento de Ángela Sohe Parra Medina, Olga Rubiela Parra Medina y Tulio Alonso Parra Medina. El 17 y 18 de octubre de 2023, la Registraduría remitió el registro civil de Ángela y Olga, pero no el de Tulio Parra.
“La falta de respuesta de la Registraduría Nacional es considerada por la Sala como un obstáculo para la satisfacción de los derechos de las víctimas, debido a que la copia simple del registro civil de nacimiento de Tulio Alonso Parra Medina es imprescindible para avanzar en el trámite de las solicitudes de acreditación de dos víctimas del conflicto. La imposibilidad de avanzar en el proceso, por incumplimiento de las autoridades del Estado, impide que estas ejerzan su derecho de participación ante la JEP”, señaló la jurisdicción en un comunicado de prensa.
Instalaciones de la JEP en Bogotá.

Instalaciones de la JEP en Bogotá.

Foto:JEP

Sobre la investigación del Subcaso Meta – Caso 03 la JEP recordó que se investigan los asesinatos y desapariciones forzadas que fueron presentados como bajas en combate entre 2002 y 2008 por tres de las unidades de la Séptima Brigada del Ejército Nacional: el Batallón de Infantería No. 21 ‘Batalla Pantano de Vargas’, el Batallón de Contraguerrillas No. 7 ‘Héroes de Arauca’ y Gaula Rural Meta.
Hasta el momento la jurisdicción ha conocido de al menos 124 hechos de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado, que dejaron 242 víctimas; y en este subcaso se ha acreditado a 267 víctimas.
María Isabel Ortiz FonnegraPeriodista Judicial
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